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El CGPJ ve inviable la nueva ley paritaria en el Tribunal Constitucional y el Consejo Fiscal

El CGPJ ve inviable la nueva ley paritaria en el Tribunal Constitucional y el Consejo Fiscal

El pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) estudiará este jueves el informa que ha preparado la vocal Pilar Sepúlveda sobre el anteproyecto de ley que pretende obligar a la prioridad en órganos constitucionales y grandes empresas. La propuesta, a la que ha tenido acceso EL PERIÓDICO DE CATALUNYA, ve inviable su solicitud tanto en el Tribunal Constitucional como en el Consejo Fiscal, por la forma en que se nombra a sus miembros.

La inclusión en la ley reguladora del Constitucional de que la composición del tribunal deberá garantizar “el principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres, de forma que aquellos incluyan como mínimo un 40% de cada uno de los sexos” es una obligación que “no tiene por qué ser realizable”señala el informa.

Lo explicó que la Constitución prevé que el alto tribunal se componga de “12 miembros nombrados por el Rey; cuatro a propuesta del Congreso por mayoría de tres quintos de sus miembros; cuatro a propuesta del Senado, con mayoría idéntica; dos a propuesta del Gobierno , y dos a propuesta del Consejo General del Poder Judicial”.

Dado el número de miembros que podrán proponer cada uno de los órganos designados, parecería más adecuado acudir a otro porcentaje de distinción al propuesto como concepto de principio de presencia equilibrada relativa a un mínimo de un 40% de cada uno de los sexos, que, en la práctica no podrá ser realizado”, explica el texto que propone que el porcentaje se fije en el 50% para cada sexo.

miembros natos

En el caso de Asesoría fiscal el problema viene en que tiene dos tipos de miembros: los natos, entre los que está el jefe de la secretaría Técnica de la Fiscalía General, el teniente fiscal del Supremo, y los electos. En este punto, el informa destaca que “las candidaturas que se presenten, no solo sus abiertas, sino combinables entre sí, por lo que cada votante podrá ejercer su derecho, sin sujetarse no obstante a los números comprendidos en una misma candidatura”, mientras señala tiene seis candidatos.

La ley orgánica del poder legal prevé que el Consejo esté compuesto al 50% por ambos sexos frente al 40% de la nueva norma

· Esto supone que, independientemente del modo de composición de la candidatura, no se puede garantizar una presencia equilibrada alguna, pues cada votante podrá elegir, si lo considera, a miembros de diversas candidaturas, y en el número que considere oportuno, hasta un máximo de seis. En conclusión, la naturaleza del voto emitido por los electores y el sistema electoral que regula la elección de los Vocales electivos, hacen imposible que pueda exigir que la composición del Consejo Fiscal se ajuste de manera imperativa al principio de presencia equilibrada contemplado en la reforma” .

Ya previsto el 50%

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Asimismo, lo que se pone en conocimiento de la ley es que la modificación prevista para la composición del Propio Consejo coexistirá con la regulación actual y “se aparta del término de presencia paritaria, que aparece en la actual redacción del artículo 567.1 de la ley orgánica del poder judicial, que es reemplazada por la presencia equilibrada”.

El informa, que al comenzar señala que aunque la ley hable de paridad, al no imponer el 50% lo que hace es buscar esa presencia equilibrada, concluye advirtiendo de que “el prelegislador debería analizar la disfunción que puede llegar a provocar la coexistencia de dos proyectar textos con diferente contenido”.

By Henry Valdivia

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